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 | Catastro |  | | |  | | | Todo lo que necesita saber sobre el avalúo de inmuebles, basado en la justicia y equidad tributaria. |  | |  | | | | |
  
| Área Privada | | | Establecimientos abiertos al público en áreas residenciales del Centro Histórico | Conozca dónde puede abrir su negocio | | |  | | Barrio La Recolección, en el Centro Histórico. |
Ciudad de Guatemala, 23 de septiembre de 2009/ Los barrios La Recolección, San Sebastián, El Santuario, Centro America, La Merced y Santo Domingo, todos en el Centro Histórico de la ciudad, son declarados como 6 Unidades de Gestión de uso residencial, por ser esta su vocación primaria. La comuna capitalina informa a los vecinos que deseen la apertura de un nuevo establecimiento abierto al público en zona 1, conocer si su inmueble se encuentra dentro de un área residencial.
Las unidades de gestión, según la tabla de criterios de Localización de Establecimientos Abiertos al Público y otros Usos en el Centro Histórico, se regulan mediante la aplicación de usos prioritarios, permitidos, condicionados y no permitidos, y están planeados en su forma especifica para cada unidad de gestión urbana, con la finalidad de alcanzar su imagen objetivo; la cual se refiere a la visión que se espera consolidar de acuerdo a las características de cada una de ellas a través de regularización de usos.
Los usos están catalogados como: | | | 1. Uso Prioritario, es considerado como uso estratégico para consolidar la imagen objetivo de la Unidad de Gestión Urbana. Por ejemplo: la vivienda es un uso prioritario en la unidad de gestión de la Recolección por su vocación residencial. | 2. Uso permitido, incide negativamente en el desarrollo de las actividades prioritarias de la unidad de Gestión Urbana. Por ejemplo: Un servicio educativo, es permitido, sin embargo el uso no es el prioritario, ya que la prioridad es residencial. | 3. Uso Condicionado, es el que no estando prohibido, su autorización dependerá del impacto que ocasione por la naturaleza del establecimiento y de la propuesta que se haga para la mitigación de los factores de impacto. Por ejemplo: Un establecimiento de comida o restaurante, el uso no esta prohibido, sin embargo según las medidas de mitigación que implemente, puede ser autorizado. | 4. Uso no permitido, el que por su naturaleza causa impacto negativo en la revitalización del Centro Histórico como área especialmente protegida. Por ejemplo: Los establecimientos dedicados al expendio y consumo de licor, causan un impacto totalmente negativo en áreas protegidas, por lo cual el uso no es permitido. |
| | | Los usos permitidos en Áreas Residenciales del Centro Histórico son aquellos que revitalizan el Centro Histórico como tal, por ejemplo: Centros Comunitarios o Centros de Reunión, salas de estética, barberías o peluquerías, gimnasios, guarderías, educación pre-primaria y primaria, Iglesias, venta de productos de primera necesidad, tiendas de abarrotes, panaderías, farmacias, librerías, etc. Si su inmueble se encuentra en un área residencial es importante tomar en cuenta el tipo de establecimiento a abrir, según la unidad de gestión donde éste se encuentre y regirse por la tabla de criterios de Localización de Establecimientos Abiertos al Público y otros usos en el Centro Histórico, explican autoridades municipales de la Dirección de Control Territorial.
| Mapa Unidades de Gestión de uso Residencial en el Centro Histórico | |
Additional Information
 | Recursos naturales
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|  | | | En el mundo hay mucha agua, pero el agua para consumo humano es muy escasa. |  | |  |  |
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